¿Sabe que su empresa tiene un crédito para gastar en la formación de sus trabajadores y si no lo consume antes de fin de 2019 lo pierde?

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Las empresas disponen de un crédito de carácter anual para la formación de sus trabajadores, que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, una vez realizada una actividad formativa. La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) es el órgano responsable de la gestión y control de estas ayudas (www.fundae.es).

Pueden ser beneficiarias de estas bonificaciones todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por Formación Profesional a la Seguridad Social.

Este modelo de financiación permite a las empresas conocer, al comienzo de cada ejercicio, el crédito de que disponen para la formación de sus trabajadores, potenciando la planificación y la integración de la formación en el devenir cotidiano de la empresa. Cada empresa, con independencia del tamaño, actividad o ubicación, puede libremente elegir la formación que considere necesario realizar, seleccionar el contenido de la misma y determinar el lugar y la fecha de su impartición.

El Área de Formación de AIJU puede ayudarle a llevar a cabo la formación que necesite en su empresa y, además, puede coordinar y realizar los trámites para poder cumplir con los requisitos exigidos para que puedan aplicarse este tipo de bonificaciones. Para ello la empresa debe haber firmado un convenio de adhesión con AIJU.

AIJU pone a disposición de las empresas asociadas su experiencia, sus instalaciones y un personal altamente cualificado para contribuir a la mejor formación de los profesionales del sector juguete-infancia-ocio e industria auxiliar –plástico, moldes, etc.-. Dispone de:

  1. Amplia experiencia en gestión de la formación y gestión de bonificaciones.
  2. Un equipo docente interno de más de 40 profesores altamente cualificados en diferentes disciplinas.
  3. Una cartera de docentes externos de muy alto nivel para cubrir las necesidades formativas de las empresas y dar respuesta a los requerimientos más exigentes e innovadores.
  4. Una amplia cartera de cursos online, presenciales o mixtos.
  5. Total capacidad para diseñar cursos a medida según los requerimientos de cada empresa.
  6. Capacidad para impartir formación a empresas ubicadas en diferentes comunidades autónomas.

 

Tras varios años de experiencia en gestión de bonificaciones, AIJU ya ha firmado acuerdos con más de 200 empresas y realiza anualmente más de 100 tramitaciones de acciones formativas a FUNDAE.

Entre las funciones de AIJU en este ámbito cabe citar:

  • Informar a la empresa del crédito de Formación Profesional de que dispone.
  • Comunicar a FUNDAE el inicio de cada curso.
  • Asesorar a la empresa y generar el soporte documental necesario para poder bonificar la acción formativa.
  • Emitir los certificados de asistencia al curso (siempre que el curso esté organizado por AIJU).
  • Realizar asesoramiento técnico a las empresas para contribuir a cumplir con los requerimientos exigidos y superar con éxito las posibles inspecciones de FUNDAE.
  • Comunicar la finalización de las acciones formativas a FUNDAE y asesorar para tramitar.
  • Diseñar planes formativos y buscar soluciones rápidas y eficaces a las necesidades de cada empresa.

 

Algunas consideraciones importantes sobre la Formación Programada por las empresas (antes Formación Bonificada):

  1. Las acciones formativas para poder ser bonificadas han de tener una duración mínima de 2 horas.
  2. La formación programada (antes formación bonificada) puede ser a medida para una sola empresa o compartida por varias empresas.
  3. Las modalidades formativas podrán ser presenciales, online y mixta.
  4. El crédito de cada empresa tiene una validez anual. Si no se gasta en el ejercicio correspondiente, se pierde.
  5. Un curso bonificable puede resultar gratuito. El coste máximo que la empresa podrá bonificar será diferente para cada acción formativa. Para calcularlo hay que tener en cuenta, además de otros aspectos, el número de horas de la acción formativa, el número de alumnos y el tipo de formación a impartir.
  6. La formación programada por las empresas debe ser totalmente gratuita para el trabajador.
  7. La deducción o bonificación por formación podrá realizarse tan solo de los trabajadores (alumnos) que cotizan en el régimen general, y que por tanto cotizan en el concepto de cuota de formación profesional. No es posible deducirse el coste de los alumnos que sean autónomos.

El Área de Formación de AIJU está a su disposición para ayudarle a diseñar y gestionar sus acciones formativas aprovechando al máximo este tipo de bonificaciones. El dinero de las bonificaciones es dinero que su empresa pagó a la Seguridad Social a lo largo del año anterior. Es su dinero. No lo deje perder y aprovéchelo para mejorar la formación y capacidades de su equipo.

 

Más info:

Maite Romero

formacion@aiju.es