Propuesta europea para prohibir el uso de bisfenol A

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La Comisión Europea ha lanzado un período de consulta sobre la iniciativa de imponer una prohibición en el uso de la sustancia bisfenol A (BPA) en los materiales destinados al contacto alimentario, incluyendo los plásticos y los recubrimientos. Esta acción ha sido impulsada por la opinión emitida por EFSA (Agencia de seguridad alimentaria europea) en la que se indica que esta sustancia es de especial preocupación para la salud humana. La medida aborda el uso de otros bisfenoles en los materiales en contacto con los alimentos para evitar que se pueda reemplazar el BPA por otras sustancias similares de igual toxicidad.

En la actualidad, el BPA es una sustancia permitida para la elaboración de plásticos aptos para el contacto con alimentos según el Reglamento (CE) Nº 10/2011 con un límite de migración específica de 0.05 mg/kg. Además, esta sustancia no debe utilizarse en la fabricación de biberones, tazas y otros productos similares de policarbonato que estén destinados a lactantes.

No obstante, los diversos estudios toxicológicos constatan que incluso pequeñas cantidades de esta sustancia pueden suponer un peligro para la salud. El BPA puede formar parte de plásticos, recubrimientos y barnices (especialmente los de tipo epoxi), tintas de impresión, adhesivos, resinas de intercambio iónico y cauchos. Esta circunstancia es la que motiva el impulso de la prohibición.

El texto de la propuesta de reglamento prohíbe expresamente el uso de BPA en cualquiera de las etapas de fabricación de recubrimientos y barnices, tintas de impresión, adhesivos y resinas de intercambio iónico. Sólo se permite su uso como precursor de la síntesis de BADGE (bisfenol A diglicidil éter) y sus derivados, que son usados como monómeros en la fabricación de recubrimientos con esta sustancia como base, siempre y cuando quede sujeto a una serie de restricciones como, por ejemplo, migración no detectable, etc.

El texto introduce además la obligación de aportar una declaración de conformidad y la documentación apropiada que demuestre y soporte lo indicado en dicha declaración.

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LUISA MARÍN 

quimicos@aiju.es