Nueva modificación del Reglamento europeo sobre materiales plásticos en contacto con alimentos

La Comisión europea ha publicado el Reglamento Nº 2015/174 que modifica el Nº 10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos. Como en anteriores ocasiones, las principales modificaciones afectan al anexo I (Sustancias. Lista de la Unión de monómeros, otras sustancias de partida, macromoléculas obtenidas por fermentación microbiana, aditivos y auxiliares para la producción de polímeros).

Entre las sustancias cuyas restricciones se han modificado por el reglamento se encuentra el fenol, sustancia que no tenía límite de migración específica y que con la nueva modificación se ha impuesto un límite de 3 mg/kg.

Hasta ahora todas las modificaciones del Reglamento han ido incorporando los avances científicos producidos respecto al uso de determinadas sustancias, imponiendo límites de migración específica o bien mediante la restricción en el uso de la misma (condiciones, cantidades máximas, aplicaciones finales,  etc).

El reglamento indica que los materiales y objetos plásticos que cumplan los requisitos del Reglamento (UE) Nº 10/2011 aplicables antes del 26 de febrero de 2015 podrán ser introducidos en el mercado hasta el 26 de febrero de 2016. Dichos materiales y objetos plásticos podrán permanecer en el mercado después de esta fecha hasta que se agoten las existencias.

Estas restricciones, al igual que las anteriores referidas a las sustancias, quedan reflejadas en las declaraciones de de grado alimentario de los materiales plásticos empleados.

 

Más info:

Sandra Segura  

proyectos@aiju.es