Renovación de la Declaración de Aguas Residuales (MD-301)

Periódicamente, AIJU les informa sobre algunos aspectos que deben tener en cuenta para realizar la renovación cuatrienal de la Declaración de Aguas Residuales, según modelo MD-301, que les corresponde realizar en el presente año 2014:

•  A partir del mes de diciembre y durante el primer semestre de 2014, pueden recibir un comunicado de EPSAR (Entitat de Sanejamentd’Aigües) en el que se les indicará la obligación de renovar la Declaración de Aguas Residuales según el modelo MD-301, con el objetivo de realizar el cálculo del coeficiente corrector que les aplica para el pago del correspondiente canon de saneamiento de las facturas del agua.

•  Están obligadas a presentar documentación todas las empresas que consuman agua (actividades comerciales o industriales que estén incluidas en las secciones B, C, D o E de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-1993) o no incluidas en CNAE-1993 pero con consumo anual superior a 3.000m3), tanto para usos industriales como para usos sanitarios (aseos, wc).

•  En el caso de aquellas empresas en las que la totalidad de agua consumida es vertida como agua sanitaria (aseos, duchas,…) y que no hubiera producido ninguna modificación en el uso del agua ni cualquier otra circunstancia necesaria para determinar el coeficiente corrector aplicable, la empresa puede presentar una Declaración de Confirmación en lugar del modelo MD-301.

•  El resto de empresas están obligadas a presentar el modelo MD-301, siendo necesaria la realización de una analítica para aquellos vertidos de carácter industrial (p.ej.: aguas de vibrado una vez tratadas, aguas de depuradora físico-química, aguas de refrigeración,…).

•  El plazo de presentación de la documentación se divide en dos periodos:

– Del 1 de enero al 31 de marzo de 2014 para aquellas empresas que tengan que presentar sólo la Declaración de Confirmación. Este trámite es inmediato y sólo tienen que devolver firmado a EPSAR el documento que les adjunten.

– Del 1 de abril al 30 de junio de 2014 para el resto de empresas que tienen que presentar el modelo MD-301 con toda la documentación necesaria.

 

Desde AIJU se ofrece el servicio de asesoramiento para la tramitación de la mencionada declaración (elaboración de impresos, realización de analíticas,…) y que puede resultar gratuito, en función de la cuantía disponible en la bolsa que cada asociado tiene asignada para consumir en servicios de AIJU. Actualmente AIJU se limita a informar a los asociados para, una vez llegado ese plazo, iniciar las tramitaciones.

 

Asimismo personal técnico de AIJU puede realizarles un estudio del canon de saneamiento pagado hasta la actualidad para definir medidas que permitan su reducción. 

 

Para más información pueden contactar con:

Enrique Añó y Raquel Berbegal

m.ambiente@aiju.es