Subvención por contratación temporal de personas con discapacidad

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Desde el Servicio de Empleo para la inclusión social y laboral de personas con discapacidad de ACODIP UPAPSA, junto con AIJU, consideramos de gran importancia informar al tejido industrial de las actuales ayudas de LABORA para la contratación temporal de este colectivo. 

Se trata de unas importantes y cuantiosas ayudas que, además, son compatibles con otra serie de incentivos como veremos más adelante. Pero antes de entrar en detalle queremos hablar de por qué existen estas ayudas y evitar así alimentar los prejuicios sobre las personas con discapacidad.  

El objetivo de las medidas de fomento de empleo es incentivar la contratación a través de una serie de ventajas de determinados colectivos con tasas de exclusión laboral por encima de la media; como es el caso de las personas con discapacidad, con una tasa de empleo de tan solo solo el 26,7%, frente al 66% de las personas sin discapacidad. (INE OSDISMET 2022). 

Son varias las causas que se esgrimen para explicar esta baja participación en el mercado laboral de las personas con discapacidad, como el desconocimiento por parte de las empresas de servicios de empleo especializados, la sobreprotección familiar, la baja cualificación del colectivo, etc. En cualquier caso, la principal razón por encima de todas es la pervivencia de mitos y falsas ideas sobre el colectivo, que estas medidas de fomento de empleo pueden retroalimentar, si pensamos que existen para compensar una supuesta baja productividad, que no deja de ser uno de estos prejuicios.

Si se realiza una correcta preselección, una adecuada correspondencia puesto persona, centrándonos en las capacidades de la persona (en lugar de en sus limitaciones) y valorando si éstas son las que requiere la vacante, una persona con discapacidad puede rendir tanto como cualquier persona.  

Las medidas de fomento de empleo existen sencillamente para incentivar la contratación de un colectivo desfavorecido, no para compensar ningún tipo de menoscabo para la empresa. 

Aclarado este punto, se detalla información sobre dos tipos de incentivos a los que las empresas pueden optar para la contratación de personas de este colectivo: 

  • ECOTDI 2025. Esta subvención asciende a 950 € por mes de contrato a jornada completa con un mínimo de 3 meses y un máximo de 12. Enlace a LABORA pinchando aquí. Además, esta ayuda es compatible con las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa que conlleva el contrato temporal específico de personas con discapacidad.
  • Bonificación cuotas Seguridad Social a cargo de la empresa por contrato temporal fomento de empleo para personas con discapacidad. Esta ayuda es compatible con la anterior y permite bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa que oscilan entre 341 €/mes y 441 €/mes.

Este contrato temporal específico tiene que tener una duración mínima de 1 año y puede prorrogarse 2 veces, es decir, hasta 3 años. Si pinchas aquí accederás a más información sobre este tipo de contrato.  

BONIFICACION CUOTAS SEG. SOCIAL + SUBVENCIÓN: 

Es decir, por un contrato de 1 año se aplicaría la bonificación entre 341 y 441 €/mes y se optaría a una subvención de 11.400€ (950 x 12). 

Por último, recalcar que, si estás interesado en valorar la contratación de alguna persona con discapacidad, contaras con el respaldo del servicio de empleo de ACODIP-UPAPSA , especializado en discapacidad y empleo con apoyo para asegurar una correcta criba curricular y selección de personal adecuada la vacante, así como para resolver cualquier duda acerca de estos incentivos. 

 

+info: 

DAVID SÁEZ (UPAPSA) 

dsaez@upapsa.com 

606 350 207 

 

+info: 

MAITE ROMERO 

maiteromero@aiju.es