Reglamento REACH. Base de datos SCIP. Nueva exigencia para productores e importadores de artículos

En consonancia con la Directiva marco sobre residuos (Directiva 2008/98/CE), la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) ha puesto en marcha la base de datos SCIP (Substances of Concern In articles as such or in complex objects (Products)) con el fin de recopilar información sobre la presencia de sustancias altamente preocupantes (SVHC) en artículos. La creación de esta base de datos es una de las medidas adoptadas para favorecer la transición a una economía circular mejorando el uso eficaz de los recursos.

 

La base de datos recopilará la información presentada a ECHA por las empresas que fabriquen, importen o suministren artículos que contengan sustancias consideradas SVHC dentro de la UE. El propósito de recopilar esta información es ayudar a los operadores de residuos a clasificar y reciclar los artículos que contengan estas sustancias y, además, los consumidores podrán conocer y decidir la mejor manera de usar y eliminar estos artículos.

 

Esta iniciativa tiene tres objetivos principales:

– Reducir la generación de residuos que contienen sustancias peligrosas fomentando la sustitución de las sustancias SVHC en los artículos comercializados en la UE.

– Facilitar información para seguir mejorando las operaciones de tratamiento de residuos;

– Permitir que las autoridades controlen el uso de las sustancias SVHC en los artículos a lo largo de todo su ciclo de vida, incluida su fase de eliminación.

 

En consecuencia, para alimentar esta base de datos se ha impuesto una nueva obligación para las empresas que complementa las obligaciones, ya existentes, establecidas en el Reglamento REACH en materia de comunicación y notificación de sustancias SVHC contenidas en artículos.

 

Desde el 5 de enero de 2021, se deberá notificar a ECHA la información sobre los artículos que contengan SVHC a una concentración superior al 0,1 % p/p y que se comercialicen en el mercado de la UE.

 

La obligación de presentar esta notificación recae en productores, ensambladores, importadores y distribuidores de artículos. Los minoristas y otros agentes de la cadena de suministro que abastecen directa y exclusivamente a los consumidores no están sujetos a esta obligación.

 

En la página web de ECHA (www.echa.eu) se encuentra disponible toda la información relacionada con estas obligaciones y el funcionamiento de la base de datos de SCIP.

 

Más info:

Sandra Segura

quimicos@aiju.es